Programa Político de los PROGRESISTAS en la ESPAÑA del SIGLO XIX

Texto académico de evaluación continua
Historia Política y Social Contemporánea de España
(Grado de Ciencia Política y de la Administración -UNED)
El segundo tercio del siglo XIX se inicia con la consolidación de los progresistas (antiguos liberales exaltados) como una de las dos opciones nucleares del sistema liberal de partidos dinásticos para el resto del siglo. Los principios políticos del Liberalismo Doctrinario defendidos por los progresistas del siglo XIX fueron: 

(#1) Democratización extendiendo el sufragio y la elección de ayuntamientos y alcaldes;

(#2) Prevalencia ejecutiva del Parlamento sobre la Corona (evitando su intervención discrecional en el proceso político); 

(#3) Milicia Nacional como nación en armas garante de la Constitución; 

(#4) Fomento de una cultura política populista de animación del debate público e inclusiva del proceso político; y 

(#5) Aceleración de las reformas [1]. 

Su Constitución non nata de 1856 propugna una soberanía nacional [2] con representación directa y bicameral [3], consagrando derechos y libertades civiles [4]. En 1968, promueven su Gloriosa Revolución debido a una Constitución hollada, un sufragio corrompido, unos municipios muertos, una seguridad individual a merced de las autoridades, una enseñanza tiranizada y una prensa anulada. 

En resumen: más revolución (y menos reforma), más libertad (y menos orden), más Nación (y menos Corona), más Cortes (y menos Ejecutivo), más autonomía local (y menos centralismo), más política de partidos (y menos Administración) y, todo ello, restringiendo los privilegios de la Iglesia católica en relación al Estado.


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[1] Así, el Bienio Progresista (1854-1856) pretendió una economía de mercado racionalizada legislando los procesos de desamortización, la construcción de una red ferroviaria radial (integradora del mercado interior) y la creación de sociedades anónimas (financiadoras de la minería y las infraestructuras)

[2] De la que emanan todos los poderes y a la que pertenece el derecho de establecer normas fundamentales.

[3] De elección provincial censitaria.

[4] Expresión, imprenta y asociación política.