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Apuntes para PRUEBA PRESENCIAL Fundamentos de Ciencia Política I (Grado de Ciencia Política y de la Administración -UNED) |
1. ¿QUÉ ES LA DEMOCRACIA? La idea esencial de la democracia es que los ciudadanos
tienen el derecho a determinar quien les gobierna, haciéndoles responsables de
sus acciones. Las democracias imponen también límites legales a la autoridad
del gobierno, garantizando ciertos derechos y libertades a sus ciudadanos. La
democracia puede adoptar varias formas y adquirir distintos significados para
diferentes personas.
(#1) DEMOCRACIA ELECTORAL. Para algunos teóricos, la
representación basada en elecciones libres, competitivas y limpias, es el principio clave que define
el gobierno democrático: democracia electoral. Freedom House estima que en 2008 había en el mundo 119 democracias
electorales, un 62% de los 193 estados soberanos.
(#2) DERECHOS Y LIBERTADES. Si bien los derechos
electorales son necesarios, no son suficientes para una democracia consolidada.
Se necesita proteger legalmente ciertos derechos y sin aspectos como la
libertad de expresión, de reunión y otras libertades básicas, las elecciones
carecen de sentido. Freedom House
calificó en 2008 como libres a 90 países
que lograron combinar la democracia electoral con una amplia serie de derechos
y libertades.
2. PROPÓSITOS Y PARADOJAS DE LA DEMOCRACIA. ¿Qué ventajas ofrece una democracia frente a una
dictadura?
2.1. Propósitos de la Democracia. Normalmente, se citan 4 propósitos:
(#1) PARTICIPACIÓN POLÍTICA. Mejorar la calidad de vida y
la dignidad del individuo. La democracia permite a los ciudadanos participar de
forma significativa en los asuntos de su comunidad, expresar opiniones y tener
voz y voto en las decisiones de sus gobiernos. Proporciona espacio para la
libertad individual y promueve la igualdad política sobre la base de un ciudadano, un voto. La democracia
tiene una dimensión profundamente moral de la que carecen las dictaduras, con
su tendencia a ignorar, reprimir o tratar de forma violenta a la población.
(#2) CUMPLIR CON LA VOLUNTAD GENERAL DE LA COMUNIDAD. Otro
de sus propósitos consiste en discernir y hacer cumplir los deseos de la
comunidad. Fomenta un debate abierto sobre los programas y las políticas
alternativas y permiten a los ciudadanos elegir entre candidatos que representan
posiciones políticas diversas. Las democracias también permiten que los
ciudadanos se informen y que consideren tanto a los cargos electos como a los
funcionarios y empleados públicos responsables de sus actos.
(#3) LIMITAR EL PODER. Un tercer propósito de la
democracia es limitar el poder. Al imponer límites legales a la autoridad de
los cargos públicos, se controla el poder coercitivo del Estado. La democracia
fomenta la pluralidad y contrarresta la influencia de los sectores o colectivos
sociales privilegiados.
(#4) REDUCIR LOS ANTAGONISMOS SOCIALES. Por último, la
democracia intenta reducir los antagonismos sociales. Cuando los diversos
grupos participan con el voto y son oídos, se les proporciona una oportunidad
de obtener algo. Los grupos enfrentados negocian y establecen acuerdos porque
saben que participando en el juego democrático consiguen cosas, proporcionando
incentivos para sustituir la confrontación por la cooperación.
2.2. Paradojas de la Democracia. ¿Qué pasa si no se realizan estos objetivos en la
práctica? La calidad democrática no sería la deseable. La paradoja central de
la democracia es que sus instituciones y prácticas pueden ser ignoradas,
subvertidas o manipuladas de forma que contradigan sus propósitos básicos. Así,
la democracia puede corromperse y producir resultados que vulneran totalmente
sus objetivos. Cada uno de los propósitos que acabamos de enumerar tiene su
opuesto correspondiente.
(#1) PARTICIPACIÓN POLÍTICA. La participación política por
ejemplo puede quedar lejos de su potencial: inmigrantes, menores de edad y las
mujeres, no hace tanto, estaban excluidos de esta participación. Muchas
personas deciden no participar (por desafección o apatía), salvo para votar
cada 4 años. Además puede ser difícil conocer o hacer cumplir la voluntad general. Los liberales (o neoliberales) defienden un
Estado que no intervenga en los asuntos sociales y económicos porque es poco democrático porque limita la
capacidad de la población para controlar su propio destino. Sin embargo, los socialdemócratas defienden que la
democracia requiere que toda la población tenga ciertos derechos sociales y
económicos fundamentales (educación, asistencia médica o vivienda) porque una
sociedad construida sobre desigualdades no es una sociedad democrática. Es
preciso pues, un Estado intervencionista, con el poder e ingresos fiscales
suficientes para garantizar un nivel de vida decente. Por tanto, si una sociedad está totalmente dividida sobre
el papel fundamental del Estado, ¿qué es la voluntad general?
(#2) CUMPLIR CON LA VOLUNTAD GENERAL DE LA COMUNIDAD. A
veces la población está tan dividida sobre un asunto controvertido que ni
siquiera cabe alcanzar un consenso que englobe a la mayoría. Los políticos
suelen estar divididos porque los ciudadanos que les eligen también lo están.
El bloqueo o el punto muerto de la democracia es un fenómeno frecuente. En otros
casos, la voluntad general puede ser incluso demasiado clara y reflejar, por
ejemplo, el deseo de la mayoría para discriminar a las minorías. El principio
democrático del gobierno de la mayoría comporta así el riesgo de producir la tiranía de la mayoría.
(#3) LIMITAR EL PODER. La limitación del poder también
puede resultar difícil. Una vez elegidas, las élites gobernantes suelen disfrutar
de considerable poder discrecional. La burocracia o los tribunales pueden
llegar a tener una autoridad escasamente sometida a control. La financiación de
partidos hace aumentar el poder del dinero en el proceso político y engrasa las
ruedas de la corrupción haciendo gastar el dinero del Estado en proyectos que
beneficien a sus propios clientes
políticos. En suma, el abuso de poder es menos flagrante en una democracia que
en una dictadura, pero las democracias tampoco están exentas de esta lacra.
(#4) REDUCIR LOS ANTAGONISMOS SOCIALES. La democracia
puede intensificar y perpetuar los conflictos sociales en lugar de atenuarlos. La
libertad de expresión da a los diferentes grupos la oportunidad no sólo de
reivindicar sino de criticar y lanzar acusaciones abiertas, avivando así las
llamas de la discordia.
Si alguno de estos problemas se plantea, cabe
preguntarse: ¿En qué medida es democrática la democracia? ¿Qué es entonces la
democracia? Si queremos una concepción realista de lo que significa el término,
debemos empezar por reconocer que ninguna definición de la democracia es
suficiente. Este tema examinará varias formas institucionales de democracia
pero no insistirá en una definición correcta
del término democracia.
3. LAS CUATRO FACETAS DE LA DEMOCRACIA.
Faceta
I: SOBERANÍA POPULAR. Derecho de las personas a gobernarse a sí mismas, ejercitable
controlando directamente al gobierno o articulando mecanismos efectivos para
hacer a su gobierno responsable ante ellos (como en las elecciones periódicas).
Faceta II:
DERECHOS Y LIBERTADES BÁSICAS. Ciertos derechos y libertades básicas que la ley
debe garantizar a los ciudadanos. No pueden suprimirlos ni el Estado, ni las
personas ejerciendo sus derechos soberanos, ni el gobierno de la mayoría.
Faceta
III: VALORES DEMOCRÁTICOS. Valores democráticos como la tolerancia, la justicia
y el compromiso.
Faceta
IV: DEMOCRACIA ECONÓMICA. Establece varios criterios de justicia o igualdad como
componentes sociales y económicos de la democracia.
3.1. Principios Fundamentales de la Democracia. Existen unos elementos que todas
las democracias comparten universalmente y que son absolutamente fundamentales
y esenciales para calificar de democrático un sistema de gobierno. De hecho,
las 4 facetas de la democracia que estudiamos en este tema se fundamentan en
estos elementos. Concretamente son 3 principios fundamentales:
(#1) ESTADO DE DERECHO. El
poder del Estado debe estar limitado por las leyes y nadie puede situarse por
encima de ellas. El Estado de derecho significa que los gobernantes están sometidos
al imperio de la ley. Para formular y aplicar leyes, los poderes del gobierno
deben sujetarse a constricciones legales. El Estado de derecho forma los
cimientos sobre los que se erige el gobierno democrático. Requiere que el
Estado exprese las limitaciones de su autoridad (en, por ejemplo, una
Constitución escrita o la legislación). Sin el Estado de derecho, los
gobernantes ejercerían el poder sin límites, de forma absoluta (Legibus Solutus). El Estado de derecho surgió gradualmente en Gran Bretaña
a lo largo de varios siglos para concretarse en el siglo XX en una democracia
electoral. El Estado de derecho fue la piedra fundacional del sistema
constitucional estadounidense. Hasta la segunda mitad del siglo XX, el Estado
de derecho ha brillado por su ausencia en la mayoría de los países. Antes de la
Segunda Guerra Mundial, sólo unos pocos países (de Europa Occidental) habían logrado establecer gobiernos basados
en el Estado de derecho. Si no se consagra el Estado de derecho como el primer
principio de gobierno, la democracia no puede sobrevivir.
(#2) INCLUSIÓN. Este
principio implica que toda la población adulta debe tener reconocidos los derechos
democráticos, esto es, ser considerada ciudadana. La ciudadanía y los derechos
que conlleva no se pueden negar o limitar de forma discriminatoria a determinados
sectores de la población (mujeres, grupos étnicos y/o culturales minoritarios).
Todos los adultos integrantes de la comunidad deben ser incluidos en la
categoría de ciudadanos porque nadie debe ser sistemáticamente excluido de las
ventajas que ofrece el proceso democrático. La inclusión también lleva a que
todos los principales grupos de la población (étnicos, religiosos o de clase
social). tengan razones para sentirse mejor bajo una democracia.
(#3) IGUALDAD. Este
principio implica que todos los derechos y libertades han de distribuirse entre
todos por igual. Ningún grupo o segmento de la población debe obtener más
derechos o libertades que otro. Este principio ha de aplicarse, sobre todo, con
respecto a los derechos políticos básicos: derecho a voto, libertad de
expresión, de asociación y de reunión. La democracia queda menoscabada si las
reglas de la democracia se distorsionan negando derechos a algunos segmentos de
la sociedad. El principio de igualdad ante la ley (isonomía) es un derecho civil básico en una democracia. Hay que
distinguir entre el principio de igualdad y el de equidad.
Equidad significa justicia. Los ricos normalmente
tienen más ventajas políticas y sociales que los pobres. La equidad no implica
igualar la riqueza de manera que nadie sea rico o pobre. Simplemente insiste en
que a los menos favorecidos económicamente se les dé una oportunidad justa para
mejorar su bienestar económico, social o político. La sociedad puede fomentarlo
proporcionando educación pública de calidad, asistencia médica, asistencia
legal y otras prestaciones semejantes. Muy a menudo, cuando las personas usan
el término igualdad, se están refiriendo en realidad a equidad.
Igualdad es un concepto más riguroso. Implica que
todos debemos ser, en última instancia, iguales en materia de derechos
políticos y de condiciones sociales y económicas.
3.2. Formas de Democracia Mínimas y Máximas. Las 4 facetas de la democracia adoptan
diferentes formas y grados. Debemos pensar que cada faceta contiene una
variante mínima y otra máxima:
La
concepción mínima parte de
ciertos criterios básicos para definir y poner en práctica las diversas facetas
de la democracia. Se puede afirmar que la democracia exige ciertos niveles
mínimos de soberanía popular, derechos y libertades civiles, valores y
democracia económica.
La
concepción máxima amplía el grado
o la medida de la democracia en cada faceta hasta el nivel superior. En
general, las formas máximas de democracia se consideran deseables, aunque no
absolutamente necesarias para que se dé una democracia.
Analizamos
las diversas facetas de la democracia, ya que para unos son formas máximas de democracia
lo que para otros constituyen formas mínimas para que se garantice un régimen
democrático.
4. FACETA 1: LA DEMOCRACIA COMO SOBERANÍA POPULAR. Deriva de las palabras griegas demos (pueblo) y kratia (autoridad o gobierno): literalmente, gobierno del pueblo. Los ciudadanos
tienen derecho a determinar cómo han de ser gobernados, constituyendo la fuente
de legitimidad del Estado. Los Estados son soberanos en la medida que eligen
libremente sus instituciones de gobierno y a sus representantes públicos.
Tienen el derecho de determinar las acciones y las políticas que adopta el
gobierno y a considerar a sus gobernantes responsables de sus acciones. Por
tanto, la soberanía popular es un aspecto esencial de la democracia. Sin
ella, la democracia sería imposible. La soberanía popular implica dos conceptos clave:
(a) Participación;
y
(b) Rendición
de Cuentas.
Si
el pueblo es soberano tiene derecho a participar en la política y exigir
responsabilidades a quien gobierna. De hecho, el principio del Estado de
derecho exige que las democracias garanticen legalmente a todos los ciudadanos
la participación y la posibilidad de exigir responsabilidades a quienes les gobiernan.
¿Cómo
participan las personas en la vida política? Centramos la atención en dos
formas:
DEMOCRACIA
REPRESENTATIVA. Realiza los objetivos de la participación ciudadana y la rendición
de cuentas del gobierno principalmente a través de métodos indirectos, sobre
todo, mediante la elección de representantes políticos.
DEMOCRACIA
DIRECTA. En su sentido más puro, permite a todos los ciudadanos adultos participar
directamente en la toma de decisiones políticas de su comunidad. El pueblo es el gobierno.
4.1. Democracia Representativa. Las elecciones son el mecanismo principal por el que el pueblo ejerce
sus derechos soberanos de participar en la política y hacer que sus
representantes electos rindan cuentas. En
el mundo contemporáneo, la democracia representativa es esencialmente una
democracia electoral. Las elecciones constituyen la forma más importante de
rendición de cuentas en una democracia. Para cumplir la tarea de asegurar la
participación ciudadana, los procedimientos electorales deben cumplir 8
criterios básicos::
(#1) significativos.
Los cargos electos deben revestir autoridad para aprobar leyes y nombrar autoridades
públicas.
(#2) Competitivos.
Ha de existir verdadera competición para ocupar
los cargos electos, sin que existan leyes o prácticas que cercenen esta
competitividad.
(#3) Libres.
Los electores deben tener libertad para votar
su opción preferida, no votar o hacerlo en blanco. No debe existir ningún tipo
de coerción o intimidación.
(#4) Secretos.
Las elecciones deben celebrarse mediante voto
secreto para proteger la confidencialidad.
(#5) Justos
y transparentes. Los procedimientos para
seleccionar a los candidatos, realizar elecciones y contar los votos no deben
basarse en el fraude, favoritismo o cualquier otra forma de injusticia.
(#6) Periódicos.
Las elecciones han de celebrarse a intervalos regulares (cada 4 o 5 años), para
que los votantes ejerzan sus derechos de atribución de la responsabilidad y los
perdedores tengan la oportunidad de volver a participar.
(#7) Inclusivos.
Todos los adultos mayores de edad deben tener
derecho al voto, con mínimas excepciones razonables.
(#8) Igualitarios.
Los derechos electorales se deben distribuir
con igualdad entre los ciudadanos de acuerdo con el principio de una persona, un voto.
Además
de votando, los ciudadanos también pueden participar activamente en política
asumiendo un compromiso con un partido político, expresando públicamente sus
opiniones, apoyando a un candidato en época de elecciones o contestando
encuestas de opinión. Estos mecanismos de expresión pública permiten al ciudadano
influir indirectamente en la agenda política al expresar prioridades que los
gobernantes y partidos políticos pueden incorporar a sus programas políticos.
Por tanto, permiten a los ciudadanos participar en la toma de decisiones
políticas.
La
soberanía popular debe ser abierta y transparente. La esfera de secretismo
gubernamental debe ser lo más reducida posible, mientras la de gobierno abierto
y transparente debe ser lo más extensa posible. La apertura requiere un flujo
libre de información. Cuanta más libertad de prensa, más elementos
fundamentales de la soberanía popular.
¿En qué medida es democrática una democracia representativa? Las democracias representativas están
gobernadas por élites políticas que han recibido la delegación de poder y de
responsabilidad gubernamental por parte de la ciudadanía. Al formar una porción
tan pequeña de la población, las personas que ocupan cargos de autoridad
gubernamental constituyen una élite. Las democracias representativas están
gobernadas por élites políticas. La democracia moderna opera conforme al
principio del elitismo democrático. En lugar de ser el gobierno del pueblo, se trata de un gobierno que rinde cuentas al pueblo. Así pues, implica una
compleja mezcla entre soberanía popular y toma de decisión de las élites. Las
elecciones proporcionan el principal mecanismo mediante el cual el pueblo puede
pedir cuentas a las autoridades e influir en sus decisiones.
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Robert A. Dahl y la Poliarquía |
4.2. Democracia Directa. Se
caracteriza por el ejercicio directo del gobierno por parte del pueblo. Es el gobierno del pueblo en su sentido más literal.
Los
ejemplos reales son sumamente raros. En la Atenas del 500 al 300 a . de J.C, los ciudadanos
eran los legisladores y el poder ejecutivo era un cuerpo administrativo con
escasa autoridad para emprender iniciativas políticas.
La
ciudad-estado de Ginebra del siglo XVIII ilustra otra versión de
democracia directa. Estos ejemplos no presentaban niveles altos de inclusión e igualdad
(negaban derechos de ciudadanía a mujeres, esclavos, extranjeros y ciertos
hombres que no cumplían ciertos requisitos patrimoniales). Sólo 2 de cada 5
atenienses adultos disfrutaba de los derechos de ciudadanía.
El
derecho a participar fue ligeramente más abierto en las asambleas municipales
de pequeñas ciudades de los Estados Unidos, una forma de democracia que
prevaleció en la Nueva
Inglaterra del siglo XVI.
Las
democracias directas no existen actualmente, aunque es posible ampliar la participación
de los ciudadanos en los gobiernos entre los dos extremos de la democracia
representativa y la democracia directa: una posibilidad es la Democracia
Plebiscitaria (mediante los referendos) y la otra posibilidad es la Tecnodemocracia
(mediante las Nuevas Tecnologías).
4.3. Democracia Plebiscitaria.
El término plebiscitario se deriva del latín plebs, que se refiere al pueblo llano de
la antigua Roma frente a la elite patricia. A lo largo del siglo XX, algunas
democracias representativas han dado a sus ciudadanos la oportunidad de votar
sobre cuestiones políticas específicas de un referendo
(o plebiscito). En España, el artículo 92 de la Constitución de 1978 es
el que regula la convocatoria de referendos. En 1986 se celebró uno sobre la
incorporación de España a la OTAN y en 2005 otro sobre el Tratado para una
Constitución Europea. En algunos casos, los resultados del referendo son vinculantes, mientras que en otros, los
resultados son consultivos (aunque
representan el sentir de la sociedad, no comprometen las decisiones políticas).
Los referendos constituyen un mecanismo electoral que se encuentra a medio
camino entre la democracia representativa y la democracia directa.
4.4. Tecnodemocracia. Los
avances de la tecnología de la comunicación ofrecen una oportunidad sin
precedentes de potenciar la capacidad de los ciudadanos para transmitir sus
deseos a sus representantes de forma directa e instantánea. El teléfono, el
fax, las páginas web, el correo electrónico, los chats y otros mecanismos tecnológicos
abren la posibilidad de crear un tipo de democracia semi-directa de alta
tecnología en las democracias representativas del siglo XXI.
Al
margen de estas dos formas (referendos y nuevas tecnologías) de participación
directa, hace ya unos años que se viene experimentando en el nivel local con
otras formas de involucrar a los ciudadanos el proceso de deliberación y
adopción de decisiones. Tras la experiencia pionera de Presupuestos Participativos de Portoalegre (Brasil), muchas otras
localidades lo han aplicado. En España son ya numerosos los ayuntamientos que
han elaborado sus presupuestos contando con la participación popular.
5. FACETA 2: LA DEMOCRACIA COMO DERECHOS Y LIBERTADES. Para los padres fundadores de Estados Unidos,
el propósito más importante fue el de garantizar determinados derechos y libertades
individuales, protegiendo mediante el Estado de Derecho a los ciudadanos frente
a cualquier tiranía. Apoyaron un sufragio limitado, reservando el consentimiento del gobernado a los
varones de cierta edad y con una renta determinada (Sufragio Censitario). En su
opinión, un sufragio universal (en todo caso excluyente para mujeres y negros)
representaba el peligro de que la mayoría no instruida hiciera un mal uso del
voto y eligiera a un tirano. Por eso la palabra democracia no aparece en la Constitución de Estados Unidos. En 1791 los
padres fundadores codificaron unos derechos y libertades. La Carta de Derechos se ratificó a finales de
ese año en las primeras 10 enmiendas de la nueva Constitución de Estados Unidos.
En ningún lugar de la
Constitución (o en ninguna de estas primeras 10 enmiendas)
figura el derecho al voto.
¿Podemos hacer una lista de derechos y libertades y considerar
unos y otras absolutamente esenciales para una democracia moderna? Muchos teóricos consideran la siguiente lista
de 9 derechos y libertades (que han de garantizarse por ley) como los que permiten
distinguir una democracia de un régimen no democrático:
(#1) Derecho
a la vida y a la seguridad de la propia persona y la propiedad frente a la
interferencia del gobierno, siempre que no haya indicios de actividad ilegal.
(#2) Libertad
de pensamiento, opinión y expresión (incluida la libertad de prensa).
(#3) Libertad
de conciencia y credo religioso.
(#4) Derecho
a votar en elecciones significativas, justas, transparentes y competitivas y a
poder pedir cuentas a los representantes de los gobiernos.
(#5) Derecho
a reunirse y organizarse de forma pacífica con fines políticos.
(#6) Libertad
de movimiento, derecho a viajar libremente dentro y fuera de las fronteras del
país y a vivir donde uno elija.
(#7) Derecho
a un trato igual bajo la ley y a garantías legales (incluido el derecho a un
juicio justo).
(#8) Derecho
a poseer, comprar y vender propiedad privada y a participar en actividades
empresariales privadas.
(#9) Derecho
a una educación obligatoria financiada por el Estado.
No
obstante debemos tener presente que ninguna definición de democracia será del
agrado de todo el mundo. Algunas personas querrían incluir en esa lista otros
derechos sociales, económicos o civiles (como el derecho al trabajo o a la
asistencia sanitaria, tal y como establece la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948).
6. FACETA 3: LA DEMOCRACIA COMO SISTEMA DE VALORES. El procedimiento electoral asociado a la
Faceta 1 y los derechos y libertades enumerados en la Faceta 2 son necesarios,
pero no suficientes para establecer una verdadera democracia. La democracia
requiere la observancia de 5 valores centrales que ejemplifican el Espíritu de la Democracia.:
(#1) justicia.
Todos los grupos de la sociedad deben ser
tratados de forma equitativa. Ninguno debe negar oportunidades a otros sobre la
base de una discriminación sistemática.
(#2) tolerancia.
Respeto a los diferentes y disposición a vivir en armonía.
(#3) consenso.
Esfuerzo para reconciliar diferencias sobre la
base de la cooperación, la negociación justa y la disposición mutua a hacer
concesiones.
(#4) fiabilidad.
Los miembros de la sociedad (y especialmente, políticos y funcionarios) deben
comportarse de modo que inspiren confianza y honestidad.
(#5) compromiso
con la resolución pacífica de las disputas internacionales. Uso
de la fuerza como último recurso en las relaciones internacionales.
En
una democracia, todos los implicados en la vida social y política deben
comprometerse públicamente con estos valores y ponerlos en práctica de forma
eficaz (recurriendo si es necesario a la autoridad del Estado). En la medida en
que son ampliamente adoptadas y rigurosamente aplicadas, estas normas
contribuyen a que las democracias realicen los principios de inclusión [1]
e igualdad [2]
y, en el plano internacional, promuevan la paz [3].
Igual
que las facetas 1 y 2, esta tercera faceta admite variantes mínimas y máximas. En
un nivel mínimo las democracias
deben rechazar la discriminación sistemática de ciertos grupos sociales,
utilizando las leyes para impedir la discriminación injusta o los actos de
intolerancia. Los gobiernos deben habilitar medidas de discriminación positiva para compensar las desventajas de grupos
sociales que por razón de raza, sexo o nacionalidad han sido objeto de
discriminación.
7. FACETA 4: LA DEMOCRACIA ECONÓMICA. Una de las grandes controversias
en torno a la definición de la democracia estriba en la relación entre la
ciudadanía y la economía. Concretamente, hay 2
cuestiones que atañen especialmente a la democracia económica:
(a) ¿Qué
objetivos debe perseguir un país democráticamente gobernado respecto del
estatus socioeconómico de su población?
(b) ¿Cuánto
poder deben tener los ciudadanos para influir en las decisiones económicas?
Todas
las sociedades se enfrentan al problema central de cómo distribuir sus
limitados recursos y oportunidades entre la población. La cuestión es: ¿Quién
obtiene qué, cuándo y cómo? Dependiendo de la naturaleza de las instituciones
políticas, determinados grupos pueden acaparar más ventajas económicas que
otros, siendo posible que un sistema político se organice de tal modo que
distribuya los recursos y las oportunidades más equilibradamente (permitiendo
que la población comparta los bienes económicos más equitativamente). Las
economías que logran distribuir sus recursos entre la mayoría con cierta
igualdad son más democráticas que las que los concentran en manos de unos
pocos.
nivel mínimo-EqUIDAD.
Una democracia debe esforzarse por realizar el principio de equidad para todos,
entendido como justo, que cada cual recibe según sus méritos y esfuerzos. Los políticos
trabajarán para asegurar que todos tengan una oportunidad razonable de lograr
seguridad y bienestar económico. Habrá quien abogue porque el gobierno debe
distribuir de forma justa los recursos económicos entre la población (para que nadie
quede por debajo de un determinado nivel de pobreza y que los más
desfavorecidos tengan una vivienda digna, dispongan de alimentos suficientes o
de una asistencia sanitaria). El concepto de justicia (equidad) no es tan
preciso ni exigente como el concepto de plena igualdad. El concepto de equidad
concede un amplio margen a la libertad económica. Permite a los individuos disponer
de su propiedad privada con gran libertad. Con el fin de preservar la equidad,
el gobierno puede recaudar impuestos para financiar prestaciones sociales. La
economía puede seguir rigiéndose por las leyes del mercado y reunir las
condiciones necesarias para que se dé la equidad.
nivel INTERMEDIO-IGUALdad DE
OPORTUNIDADES. Una La igualdad
es un criterio más preciso que la equidad. Requiere que el Estado y el sector
privado se comprometan a que todos sean iguales cuando se trata de compartir
las oportunidades derivadas del progreso económico. Nadie verse favorecido por
una ventaja social significativa que le permita disfrutar más que otros del
acceso a las oportunidades. Una forma de lograr más igualdad de oportunidades
consiste en suprimir el Derecho a la Herencia [4].
En el mercado de trabajo, una forma de proporcionar más igualdad de
oportunidades pasa por obligar a las empresas a reservar cuotas a un
determinado número de empleos a segmentos de la población como mujeres.
El
alcance de la intervención pública en la economía privada será mayor si de lo
que se trata es de lograr más igualdad de oportunidades que si el objetivo
reside simplemente en la consecución de equidad. Por regla general, el alcance
de la libertad económica para individuos y empresas se reduce a medida que se
intensifica el objetivo de la igualdad.
nivel máximo-IGUALdad DE resultados. Significa que todos disfrutarán, en última
instancia, de aproximadamente la misma cantidad de riqueza. Perseguir este
resultado implica que el Estado emprenda proyectos de redistribución de la
riqueza entre toda la sociedad y que controle las rentas mediante políticas
fiscales. Así, la libertad de los individuos y las empresas privadas para
dirigir sus asuntos se vería muy restringida. Cuando el alcance de la igualdad
económica se amplía, el alcance de la libertad económica se reduce. La
democracia requiere tanto igualdad como libertad, pero cuanta más igualdad
queramos, menos libertad tendremos. Se trata de una correlación inversa.
Existen
2 concepciones esenciales de la democracia Económica:
(#1) Unos
la definen en función de la igualdad.
(#2) Otros
la definen en función de las libertades del mercado privado: es el Capitalismo Popular. Su fin estriba en
fomentar la creación de pequeñas empresas, la adquisición de acciones y la
propiedad de la vivienda entre segmentos de población lo más extensos posibles.
EQUILIBRIO
ENTRE IGUALDAD Y LIBERTAD A TRAVÉS DE LA EQUIDAD: EL ESTADO DEL BIENESTAR. Muchas
democracias intentan lograr un equilibrio entre igualdad y libertad ensalzando
más la equidad. Buscan armonizar la intervención del Estado en la economía con
una amplia libertad para la empresa privada. El Estado del Bienestar
democrático es el
resultado de este equilibrio: representa la forma más ampliamente adoptada de
economía política entre las democracias más avanzadas. Sin embargo, existen
diferentes modelos del Estado del Bienestar. Estados Unidos pone mayor acento
en la libertad, mientras que otros países hacen hincapié en los elementos
igualitarios y en el bienestar.
8. LA DEMOCRACIA CONSOCIATIVA: EL CASO HOLANDÉS. Las sociedades profundamente divididas
pueden necesitar (para salvar la democracia) diseños institucionales
especiales, como por ejemplo los propios de una Democracia Consociativa.
Hipótesis y variables. Tradicionalmente se ha considerado que una
democracia estable y eficaz requiere una población relativamente homogénea. Una
sociedad que comparte un origen étnico, una religión común y unos intereses
económicos, tiene más probabilidades de mantenerse que una sociedad heterogénea
(caracterizada por una pluralidad de grupos étnicos, religiones o ideologías
políticas). Dado que la democracia se basa en la cooperación, es de esperar que
la diversidad social produzca constantes tensiones políticas en lugar de una
democracia duradera. En esta hipótesis se identifican 2 VD: la estabilidad de
la democracia (medida en función de su duración) y la eficacia de la democracia
(medida según su capacidad de llevar a cabo las políticas y lograr los efectos
deseados). Por su lado, la VI es el grado de la heterogeneidad de la población.
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Arend Lijphart y la Democracia Consociativa |
Conclusiones. La evidencia de la historia holandesa moderna
no respalda la hipótesis de la heterogeneidad. ¿Qué
factores explican esta combinación paradójica de fragmentación social y
democracia estable? A. Lijphart
sostuvo que el éxito de Holanda ha sido atribuible al valor que dan sus élites
a la tolerancia y la acomodación. A través de la negociación paciente, los
líderes de los 4 grupos toleraron sus diferencias y acomodaron sus intereses y
demandas concurrentes. Así, llegaron a acuerdos y pactos que dieron a cada
grupo una oportunidad razonable de alcanzar el poder político y produjeron una
distribución equitativa del gasto público. También la mayoría de ciudadanos
holandeses ha dotado a sus líderes de libertad para negociar sin presionarles
para que adopten posiciones intransigentes. Es la Política del Acuerdo holandesa, en palabras de este autor, una forma
elitista de democracia. Democracia Consociativa
es el término con
el que este autor denominó este sistema de negociación entre elites de una
comunidad política socialmente heterogénea. Constituye un modelo distintivo de
democracia que se puede aplicar en sociedades profundamente divididas, con
diferentes fórmulas (como por ejemplo, el caso de la India).
Algunos
politólogos mantienen que la democracia se define, en última instancia, por los
principios esbozados en las Facetas 1 y 2. Desde esta perspectiva, los beneficios
de los valores de la Faceta 3 deben considerarse más bien como el resultado de
la democracia y no como generadores de la misma.
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Robert D. Putnam y los Valores Cívicos en Italia |
A. Tocqueville atribuía el éxito de la república
estadounidense a ciertos valores a los que denominó hábitos o costumbres de la
sociedad (mores), los cuales eran más
importantes que las leyes para establecer una democracia viable. Las mores son el único poder resistente y duradero
de una nación.
R. Putnam /1993) ha desarrollado una variante de este
argumento. Intenta explicar por qué algunas regiones de Italia han tenido más
éxito a la hora de mantener estables los gobiernos locales. Su conclusión es el
grado en el que la ciudadanía local compartía valores cívicos.
Comunitarismo. Las democracias se definen tanto por sus valores
como por sus instituciones. Los comunitaristas
conciben al individuo integrado en una comunidad y participando de sus valores.
El comunitarismo atribuye un valor determinante a la cultura de la sociedad en
la que se desarrollan las instituciones políticas.
[1] Todos tenemos derecho a ser tratados sobre una base
justa y no discriminatoria (al margen de religión, sexo o raza).
[2] Estos valores subrayan la dignidad y el valor intrínseco
igual de todos los seres humanos.
[3] Porque descartan la agresión directa y reservan el uso
de la fuerza para la autodefensa o la defensa de los aliados.
[4] Así no se concentrarán las riquezas
en familias favorecidas y reducir de este modo el número de niños especialmente
privilegiados a largo plazo.
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